Saltar al contenido

¿Te imaginas perder tu marca por solo 3 días de diferencia?

La solicitud de registro de la marca «MAMÁ CON HUEVOS SHOW DE STAND-UP» de Yiddá Eslava ha suscitado una guerra mediática entre ella y María Victoria Santana —más conocida como «La Pánfila».

Antecedentes

Para ponernos en contexto de tiempo, precicemos que 1 de abril de 2025 Yidda Eslava solicitó el registro de la marca  «MAMÁ CON HUEVOS SHOW DE STAND-UP» para distinguir servicios de educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; mientras que, el 4 de abril de 2025 María Victoria Santana, más conocida como «La Pánfila», solicitó a registro la marca «MAMÁ CON HUEVOS» para distinguir también servicios de educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales; es decir, 3 días después que Yiddá.

Marca de Yiddá EslavaMarca de Maria Victoria Santana
«MAMÁ CON HUEVOS SHOW DE STAND UP»«MAMÁ CON HUEVOS»
Clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.Clase 41: Educación; formación; servicios de entretenimiento; actividades deportivas y culturales.
Fuente: INDECOPI

Ambas marcas possen idénticamente la denominación «MAMÁ CON HUEVOS», por lo tanto, estaríamos hablando de un potencial riesgo de confusión entre ambas marcas, es decir, ambos signos no podrían coexistir pacíficamente en el mercado sin que un consumidor se vea confundido. Es verdad que ambos signos distintivos contienen elementos adicionales que los diferencian, pero, ¿son suficientes para evitar tal confusión? En su momento el examinador del Indecopi tendrá que determinar ello.

Entonces, asumiendo que Yiddá y «La Pánfila» han solicitado prácticamente la misma marca, ¿quién debería obtener el registro? Según la ley, quien llega primero al registro -es decir, al INDECOPI- tiene preferencia para apropiarse de esa marca, por lo tanto, Yiddá ganaría por puesta de mano, ya que solicitó el registro 3 días antes que el de «La Pánfila».

Derecho de oposición al registro e marca

Pero, llegar primero no siempre es suficiente, porque el procedimiento de registro de marca cuenta con un período de oposición que permite que una persona con legítimo interés formule oposición al registro si es que considera que sus derechos han sido vulnerados. Por lo que esta podría ser la oportunidad de «La Pánfila» para demostrar que sus derechos habrían sido vulnerados. El plazo para interponer la oposición contra la marca de Yiddá vence el 21 de mayo de 2025.

Cabe mencionar que el mismo derecho a oponerse lo tiene Yiddá respecto de la marca de «La Pánfila» y el plazo para oponerse vence el 22 de mayo de 2025.

Y una eventual oposición, ¿qué fundamento tendría?

El derecho de oposición se ejerce en virtud del artíclo 137 de la Decisión 486[1] que establece que cuando existan indicios razonables que le permitan inferir que un registro se hubiese solicitado para perpetrar, facilitar o consolidar un acto de competencia desleal, podrá denegar dicho registro. ¿Cuáles indicios pueden ser esos? Pues, por ejemplo, que alguna de las solicitantes presente evidencia donde la otra haya solicitado el registro de la marca maliciosamente, vulnerando la leal competencia en el mercado.

Se sabe que Yiddá ha decidido no usar la marca para evitar inconvenientes, sin embargo, no se tiene conocimiento si se desistió de la solicitud presentada ante el INDECOPI.

Lima, 8 de abril de 2025


[1] Decisión 486: “Artículo 137.- Cuando la oficina nacional competente tenga indicios razonables que le permitan inferir que un registro se hubiese solicitado para perpetrar, facilitar o consolidar un acto de competencia desleal, podrá denegar dicho registro”.

Comparte en:

Facebook
Twitter
LinkedIn
WhatsApp

Publicaciones Recientes

Síguenos en:

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

Abrir chat
1
Escanea el código
Hola 👋
¿En qué podemos ayudarte?